Muchos pacientes ingresados en la UCI necesitan asistencia vital o tratamiento para mantener la vida. Estos tratamientos ayudan o sustituyen el funcionamiento de uno o más órganos. Por ejemplo, una máquina puede ayudar a un paciente a respirar, o un tubo en el estómago puede proporcionarle alimento.
Preguntamos a todos los pacientes cuáles son sus deseos en cuanto al soporte vital y los tratamientos para mantener la vida. Esto nos ayuda a saber qué tipo de tratamientos desearían recibir si se encontraran demasiado enfermos para comunicárnoslo.
Si su ser querido ha dejado por escrito sus deseos en un poder notarial o un testamento vital, traiga una copia. Estos documentos nos dicen qué tratamientos querrían y quién puede tomar decisiones por ellos. Los revisamos y los añadimos a la ficha de cuidados para que todo el equipo de cuidados pueda seguirlos.
A veces, los pacientes no pueden hablar por sí mismos y no tienen estos documentos. En estos casos, se elige a un sustituto para que tome decisiones en nombre del paciente. Esta persona comparte los objetivos, deseos y creencias del paciente con el equipo de atención médica.
La Ley de Consentimiento Sanitario regula cómo se elige a un sustituto para la toma de decisiones. Se sigue este orden:
- Poder notarial
- cónyuge (casado o en unión libre)
- padre o hijo
- hermanos
- otros familiares
El sustituto en la toma de decisiones debe estar dispuesto, disponible y ser capaz de asumir esta función. Si la primera persona no puede hacerlo, se pasa a la siguiente persona de la lista. Si no hay un poder notarial ni un familiar adecuado, el tribunal puede nombrar a un tutor.